El Gobierno da potestad a las comunidades de vecinos para vetar las viviendas turísticas

El Gobierno da potestad a las comunidades de vecinos para vetar las viviendas turísticas

Aprueba una reforma del régimen de propiedad horizontal que fija que el ejercicio de esta actividad requerirá el voto favorable de las tres quintas partes de los propietarios.

Luz verde a nuevas medidas de control para las viviendas turísticas en el conjunto de España. Los vecinos tendrán a partir de ahora poder para vetar esta actividad en sus comunidades. El Consejo de Ministros aprobó ayer un Real Decreto Ley de Medidas Urgentes en Materia de Vivienda y Alquiler que fija medidas que limitan los pisos turísticos. Concretamente, el Ejecutivo recoge una reforma del régimen de la propiedad horizontal que establece que el ejercicio de la actividad de alquiler turístico en una vivienda requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios y de las cuotas. Hasta ahora era preciso la unanimidad. Otra de las novedades es que se requerirá esta misma mayoría cualificada para establecer cuotas especiales e incremento en la participación en los gastos comunes de la vivienda turística no superior al 20%.

Estas modificaciones entrarán en vigor una vez publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Sin embargo, como cualquier real decreto, deberá ir al Congreso para ser validado en el plazo de un mes. Fuentes de Fomento explicaron que estas medidas no tienen carácter retroactivo y, por tanto, sólo afectarán a las viviendas que se inscriban a partir de su implantación. De ahí que al margen de este nuevo control de los vecinos están las 26.407 viviendas turísticas ubicadas en la provincia de Málaga e inscritas ya en el Registro de Turismo de Andalucía, lo que suponen 137.810 plazas.

Desde el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo avanzaron ayer que las modificaciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos y de la Ley de Propiedad Horizontal están en línea con los planteamientos que la Secretaría de Estado de Turismo ha venido elaborando a partir de los resultados de las reuniones de la Conferencia Sectorial y del grupo de trabajo de viviendas turísticas, en las que han participado administraciones autonómicas y locales, la Federación de Municipios y Provincias y representantes de los sectores hotelero, empresarial, de plataformas, de sindicatos, de asociaciones de vecinos y consumidores.

De hecho, el anuncio de estos cambios provocó una avalancha sin precedentes de inscripciones de inmuebles para alquiler vacacional antes de la aprobación de estas nuevas condiciones. Concretamente, a finales de septiembre el temor a estas nuevas limitaciones y al mayor poder de decisión de las asociaciones de vecinos sobre las viviendas turísticas disparó el volumen de pisos vacacionales inscritos en el Registro de Turismo de Andalucía. De forma que si a lo largo de septiembre la media de inmuebles registrados cada día ascendía a unos 30 o 35 se pasó a unas 80 viviendas vacacionales las inscritas diariamente, según fuentes de Turismo. Ahora la situación podría repetirse e, incluso, ir a más puesto que la cuenta atrás ya se ha iniciado. Cabe recordar que el fuerte ritmo de pisos registrados para alquiler vacacional ha provocado, en el último año, que la oferta de alojamiento reglada en la Costa del Sol se haya incrementado un 48% en cuanto a establecimientos y un incremento de casi el 20% en cuanto a camas.

Ayer, la ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, dijo que «con las medidas recogidas en el Real Decreto Ley se da un paso más para regular el ejercicio de la actividad de alquiler turístico de viviendas a través de modificaciones normativas, lo que ayuda a las Comunidades Autónomas a mitigar las dificultades de control de las viviendas de uso turístico y da más capacidad a las comunidades de propietarios para limitar o fijar condiciones para el ejercicio de esta actividad».

De esta forma, a los alquileres turísticos se los saca de la Ley de Arrendamientos Urbanos para llevarlos a la legislación sobre actividad turística y ser tratados como una actividad económica. En concreto, el Título I, que recoge la modificación de la Ley 29/1994 de arrendamientos urbanos establece «una precisión técnica en la exclusión del ámbito de aplicación de la norma la cesión temporal de uso que comporta la actividad de las denominadas viviendas turísticas, suprimiendo la limitación de que estas deban ser necesariamente comercializadas a través de canales de oferta turística y remitiendo específicamente a lo establecido en la normativa sectorial turística que resulte de aplicación». La secretaria de Estado de Turismo, Isabel Oliver, señaló ayer que «se da respuesta a una petición muy demandada por las Comunidades Autónomas, para evitar lagunas en sus ordenamientos jurídicos. Es un paso adelante para resolver la problemática del alquiler turístico, una realidad en la que el Gobierno lleva trabajando desde el primer momento para dar más seguridad jurídica».

Fuente: Diario SUR

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