APROBADA LA NUEVA LEY DE EMPRENDEDORES

APROBADA LA NUEVA LEY DE EMPRENDEDORES

IMPULSO AL PROYECTO EMPRENDEDOR Y NUEVAS Y VENTAJOSAS MEDIDAS FISCALES.

El pasado 19 de septiembre, el Congreso español aprobó definitivamente la ley de apoyo a los emprendedores y a su internacionalización que se publicará próximamente en el BOE. El texto ha contado con los votos a favor de PP y CiU y la oposición del resto de grupos de la cámara, excepto UPyD que se ha abstenido. Nueve ministerios han participado en la elaboración de uno de los proyectos legislativos más emblemáticos del Gobierno, que revisa toda la normativa relativa para emprendedores y cuyo alcance es tan amplio que afectará tanto al diseño de las materias en la educación primaria como a la política de concesión de visados de residencia del Gobierno.

A continuación se resumen los aspectos más destacados de la norma:

1. – No adelantar el IVA de las facturas: a partir de 2014 los autónomos y pymes que lo deseen podrán esperar a cobrar la factura para pagar el IVA a Hacienda. Eso sí, el volumen de negocio deberá estar por debajo de los dos millones de euros. En diciembre se tendrá que liquidar la parte pendiente, se haya cobrado o no, y deberán adaptar la contabilidad al criterio de caja.

2.- Emprendedor de responsabilidad limitada: el emprendedor que tenga deudas empresariales no deberá responder con su vivienda habitual. Responsabilidad limitada que, como se puede ver, no protege el patrimonio particular como sucede en el caso de las empresas mercantiles.

3.- Segunda oportunidad o acuerdo extrajudicial de pagos: se trata de establecer una vía para renegociar la deuda con más ventajas que con el concurso de acreedores. La condición para poder optar a ella es que el pasivo –la deuda– del emprendedor no sea de más de cinco millones de euros.

4 . – Deducciones por reinvertir los beneficios: se deducirá un 10% en el Impuesto de Sociedades de los beneficios en nuevos proyectos cuya duración sea de al menos cinco años.

5.- Incentivos fiscales para los que inviertan en empresas de nueva creación: podrán deducir hasta 4.000 euros en el IRPF aquellas personas que inviertan en empresas nuevas o recientemente creadas.

6.- Permiso de residencia para los extranjeros que inviertan en España: podrán beneficiarse de un permiso de residencia por dos años aquellos extranjeros que compren un bien inmueble de más de 500.000 euros, o que inviertan dos millones en deuda pública española.

7.- Más facilidad para la licencia exprés: si antes se limitaba a negocios con una superficie de hasta 300 metros cuadrados, ahora se amplía a 500.

8 . – Ventanilla única del ICEX para facilitar información a la pymes que quieran salir al exterior.

A continuación, comentamos con mayor detalle las novedades que introduce la norma organizadas en seis ámbitos y dieciséis medidas concretas:

Creación de una cultura del emprendimiento:
– Aprender a emprender desde la escuela. La ley prevé la incorporación desde la educación primaria y durante toda la etapa educativa de contenidos orientados a la adquisición de competencias para la creación y desarrollo de proyectos empresariales. El Ministerio de Educación realizará cursos específicos para formar al profesorado.

– Creación de las miniempresas o empresas de estudiantes. Se trata de una nueva y revolucionaria herramienta pedagógica que permitirá a los estudiantes universitarios desarrollar su propio proyecto empresarial bajo una serie de requisitos y limitaciones. Su periodo de vida coincidirá con la duración del curso escolar, si bien podrá prorrogarlo dos años, y podrán realizar transacciones económicas, emitir facturas y abrir cuentas bancarias. El Gobierno regulará reglamentariamente el modo en que cumplirán con sus obligaciones fiscales y contables.

Impulso al proyecto emprendedor:
– Tarifa plana de 70 euros para los nuevos emprendedores. Todos los ciudadanos que quieran poner en marcha su propio proyecto emprendedor como autónomos a partir de la entrada en vigor de la ley (al día siguiente de su publicación en el BOE) podrán acogerse a la denominada tarifa plana. Permitirá reducir en un 80% la cuota mínima de autónomos en los primeros seis meses de actividad, en un 50% en los siguientes seis, y en un 30% en los seis posteriores. Se publicitó como la tarifa plana de 50 euros, pero la verdad es que, dado que la tarifa mínima de autónomos es de 256,72 euros por 2013 y que la reducción no afecta a la cotización por incapacidad temporal, la cuota a pagar durante los seis primeros meses de actividad estará en torno a los 75 euros. Durante los seis siguiente en 146 euros, mientras que en el tramo final se situará en unos 170 euros.

– Emprendedor de responsabilidad limitada. Se crea esta nueva figura que permitirá proteger su patrimonio personal ante los eventuales deudas que pudiera generar su actividad empresarial. La norma preservará la vivienda habitual del deudor en las posibles reclamaciones de acreedores por deudas generadas en la actividad empresarial o profesional, con la excepción de los casos de fraude o negligencia grave. La norma establece como condición que el valor de la vivienda se encuentre por debajo de los 300.000 euros y que no se trate de Derecho Público. Es decir, con las Administraciones. Además y aunque al principio, en el borrador el vehículo del emprendedor también quedaba protegido, finalmente ha quedado excluido de la norma.

– Supresión del requisito de capital mínimo para crear una sociedad. La ley crea la nueva figura de la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva que permitirá poner en marcha una sociedad sin necesidad de atender al requisito de aportar un capital mínimo de 3.000 euros. A cambio, se restringe la retribución anual que pueden percibir socios y administradores, y la posibilidad de repartir dividendos .

Mejora del entorno normativo:
– Agilización de la creación de empresas. El eslogan es que los españoles podrán crear una empresa en un solo trámite y en apenas 24 horas. Hoy necesitan hasta una decena de trámites administrativos y casi un mes de gestiones. Pero amenaza con quedarse en eso, en un eslogan. La ley fija un método rápido de constitución de sociedades mediante modelos simplificados y procesos telemáticos, pero el Ejecutivo ya habla de 24 ó 48 horas y simplemente como referencia, no como disposición legal.

– Garantía de una segunda oportunidad. Las encuestas señalan que los emprendedores identifican el fracaso de su proyecto empresarial con su propio fracaso. Es decir, no lo vuelven a intentar. Los emprendedores de éxito aseguran, por el contrario, que el fracaso es el primer mandamiento del emprendedor. Siguiendo esta filosofía, la ley agiliza la liquidación de los proyectos fallidos mediante acuerdos extrajudiciales con los acreedores y les ofrece mayor protección, previendo quitas de hasta el 25% y moratorias de hasta tres años.

– Nuevos apoderamientos electrónicos. Se trata de uno de los artículos que más enmiendas y debate interno suscitó durante la tramitación de la ley, que se ha prolongado dos meses en realizarse por el procedimiento de urgencia. Hasta ahora, si un apoderado conservaba la copia en papel del poder otorgado en su momento por el poderdante, aunque éste lo revocara, el apoderado podía hacer negocios con terceros (este hecho está detrás de numerosos escándalos de desacuerdos entre personalidades famosas y sus apoderados). Ahora el registro electrónico de las revocaciones acabará con todas las dudas.

Incentivos fiscales:
Tipo súper reducido del 15% para las pymes que reinviertan sus beneficios. La nueva ley establece una nueva deducción del 10% en la cuota del Impuesto de Sociedades para los beneficios de las pymes que, en lugar de repartir entre los accionistas o propietarios, lo hagan en nuevos activos para impulsar el negocio.

– Criterio de IVA de caja. Se crea un régimen especial para autónomos y pymes, de carácter voluntario, que permitirá evitar el ingreso del impuesto en Hacienda hasta el momento de cobro de la factura. Según el Gobierno, 2,3 millones de pymes y autónomos se podrán beneficiar de este régimen.

– Ayudas a la I + D para empresas con pocos beneficios o en pérdidas en el marco tributario actual sólo se pueden beneficiar de la deducción por I + D las que presenten un determinado nivel de beneficios. Para evitar que esta circunstancia desincentive la actividad investigadora en sociedades con márgenes más reducidos o que están en pérdidas , la ley les permitirá solicitar a la Hacienda Pública una compensación por las cantidades que les hubiera correspondido deducir por sus inversiones en I + D. El único límite es que esta devolución no podrá superar los tres millones de euros.

– Incentivos fiscales a financiadores de proyectos emprendedores. Los inversores particulares que apoyen con financiación proyectos empresariales nuevos o de reciente creación (business angels) podrán deducir un 20% de la cuantía aportada en la cuota estatal del IRPF y tendrán exención total sobre los beneficios que obtengan siempre que se materialicen en un plazo máximo de doce años y que se reinviertan en otra sociedad.

Apoyo a la expansión de los proyectos:
– Reducción de cargas administrativas. El Gobierno revisará el marco legal de los emprendedores todos los años para eliminar los obstáculos que se identifiquen a este tipo de actividad. Se compromete a reducir una carga administrativa para cada nuevo trámite que se establezca y simplificará las obligaciones estadísticas, contables y mercantiles en los primeros años de actividad.

– Más facilidades para optar a contratos públicos. Se facilitará el contacto entre emprendedores para crear uniones de empresas que concurran a concursos públicos. Se elevará a 500.000 euros el umbral a partir del cual será necesaria la clasificación previa de competidores en las licitaciones (un sistema que desaloja a las pequeñas empresas) y se simplifican trámites para acceder a este tipo de concursos.

Ayudas a la internacionalización:
– Facilitar el acceso a planes de instituciones internacionales. La ley compromete a los poderes públicos a prestar asesoramiento a los emprendedores que quieran acceder a los planes de ayuda de las instituciones internacionales.

– Atraer inversiones y talento en España. Sin posibilidades presupuestarias para ofrecer incentivos económicos, el Gobierno utilizará el estímulo de los permisos de residencia para atraer inversiones significativas en deuda pública (más de dos millones de euros), compra de vivienda (de más de 500.000 euros), o proyectos empresariales.

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